¿S.L. o Autónomo?

Cuando decidimos hacer nuestro camino en solitario, y crear nuestra propia empresa una de las miles de dudas que nos pueden surgir, es si será mas beneficioso para nosotros crear un S.L. o darse de alta en el régimen de autónomos. La respuesta mas sencilla, sería que si estás en tus comienzos lo mejor es ser autónomo y a medida que vaya evolucionando la empresa crear una S.L.

En este post repasaremos cual de las dos es la mejor opción.

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Comencemos por el autónomo, entre sus ventajas podemos apreciar;

  • La facilidad con la que se da de alta y el poco dinero que supone. Sólo es necesario presentar la declaración censal en Hacienda y darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. En  24 horas ya puedes actuar como tal desde ese momento ya se tiene responsabilidad y libertad plena en la gestión de la empresa.
  • Otra de las ventajas de darse de alta como autónomo, es la posibilidad de capitalizar todo el desempleo en el caso que lo hubiera.
  • El autónomo tiene todo el control de la empresa.
  • Una disminución de costes, como por ejemplo gastos de constitución.

Entre sus desventajas;

  • La principal es que la responsabilidad del autónomo es total, ­ es decir que el autónomo responde con lo que invierte en la empresa, así como con sus bienes personales: vehículo particular, vivienda, etc. En el caso de que el autónomo estuviese casado ­por el régimen de sociedad de gananciales, en caso que existan deudas sin pagar, se podrá exigir el pago con el patrimonio del cónyuge.
  • Si los beneficios superan los 45.000 euros, ­el pago por el IRPF será mayor que el que pagaría como sociedad por el Impuesto de Sociedades (IS), «con la nueva reforma de gestión fiscal ha mejorado y, en caso de que la deuda sea inferior a 300.000 euros, no se responde con la vivienda y coche personal».

La sociedad limitada se caracteriza por estar constituida por uno o más socios, que pueden ser personas físicas o jurídicas (otras sociedades), cuyo capital está formado por las aportaciones de los socios.

Entre sus ventajas es interesante saber;

  • La responsabilidad de la empresa frente a las deudas que puedan contraer ­sólo se responderá con lo aportado como capital social, y no con su patrimonio personal.
  • ­Puede constituirse por un único socio, porque no existe un mínimo de socios para constituir este tipo de sociedad. «Se debe tener en cuenta que los administradores y socios que vayan a tener el control de dicha actividad deberán estar dados de alta como autónomos».
  • Las ventajas vienen una vez que la compañía comience a ofrecer ganancias superiores a los 35.000 euros, ya que la carga fiscal del autónomo por el IRPF será mayor que el impuesto de sociedades.
  • Otro de los grandes beneficios con los que cuentan las S.L, es que tienen la posibilidad desgravarse la totalidad de sus gastos, mientras que los autónomos tendrán un máximo del 50%.

Desventajas de una S.L;

  • La constitucion de la empresa conlleva una serie de gastos.
  • Para arrancar la empresa ­se exige un capital mínimo de 3.000 euros.
  • Los 30-40 días que hacen falta para dar de alta una sociedad limitada. Hoy por hoy existe el programa Emprende en 3 del CIRCE que facilita y agiliza los papeleos pudiendo reducirlo en unos 4 días, aunque por lo general los trámites y el desembolso sigue siendo bastante mayor.

 

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