Derecho laboral: sus orígenes

Hoy en día encontrar un abogado laboralista en Barcelona no es una tarea muy complicada. Es más, la tremenda crisis económica (y laboral) que aún nos azota parece que los ha puesto de moda (aunque siempre han existido) a causa de los muchos despidos, conflictos laborales y ERES que se han ido sucediendo día tras día.

El derecho laboral  es una rama del Derecho cuyos principios jurídicos tienen por objetivo tutelar el trabajo humano realizado de forma libre y por cuenta ajena.

Derecho laboral: sus orígenes

Huelga de Stanisław Lentz

Con el inicio de la Revolución Industrial se empezaron a dar nuevas relaciones de trabajo ya que los trabajadores pasaron a desempeñar su labor en las dependencias de sus empleadores en lugar de hacerlo en sus domicilios, sometidos a exigencias de orden y coordinación con sus compañeros de trabajo que hasta el momento no se conocían.

La introducción de la máquina hizo posible el trabajo de niños y mujeres que pasaron a formar parte del mercado laboral en competencia con los adultos varones, lo que sumado a la mayor productividad conseguida con la  maquinaria ocasionaba la existencia de trabajadores desocupados cuya condición era de pobreza, y que podían sustituir a cualquier asalariado que protestara por sus condiciones de trabajo. Esta nueva organización del trabajo los sometía a condiciones de esfuerzo, horario, riesgos de accidentes, enfermedades profesionales, falta de descanso y remuneración mínima.

De esta manera, fueron surgiendo de forma espontánea y esporádica diversos tipos de protestas, como las manifestaciones, la huelga, la ocupación de fábricas o el sabotaje, fueron los precedentes a la formación de las organizaciones de trabajadores o sindicatos.

La intervención del Estado en los conflictos laborales se limitó durante mucho tiempo a la represión de las protestas, consideradas ilegales, mediante la acción policial o militar. No encontraremos las primeras leyes laborales hasta desde la segunda mitad del siglo XIX. En 1919, el Tratado de Versalles puso fin a la primera guerra mundial, y el derecho del trabajo/laboral consigue respaldo y respeto internacional con la creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En cierta medida, el Derecho laboral nació para regular unas condiciones mínimas y necesarias para conseguir una estabilidad social.

 

Los Eres más comunes

En épocas de crisis, las empresas realizan los ajustes de plantilla de distintas formas: despidiendo a trabajadores, suspendiendo el trabajo durante un tiempo o reduciendo las horas de jornada laboral. Para cada uno de estos supuestos hay regulado un ERE específico.

Los Eres más comunes

Un ERE es un procedimiento contemplado en la actual legislación española mediante el cual una empresa en una mala situación económica, busca obtener autorización para suspender o despedir trabajadores. Lo más adecuado si nos encontramos en esta situación y no hemos tenido mucha información por parte de la empresa es obtener la ayuda de un profesional, es decir, un abogado laboralista concretamente, un abogado especialista en ERE.

Los Eres más comunes son:

ERE de extinción: supone la finalización definitiva de la relación laboral entre empresa y parte de los trabajadores, lo que generalmente se conoce como despido colectivo. Es la opción más desfavorable para los trabajadores.

ERE de suspensión: consiste en establecer un nuevo calendario laboral a la plantilla de trabajadores o a una parte de ella, señalándose los días de suspensión, en la que no habrá actividad laboral. Es lo que habitualmente se conoce como “mandar al trabajador a casa”.

ERE de reducción: en este caso también se establece un calendario laboral pero en lugar de suspensión de días se reduce la jornada horaria en determinados días de la semana. El trabajador continúa en su puesto, pero trabajando menos horas o menos días.

El ERE de extinción es definitivo, ya que empresa despide al trabajador. En los dos siguientes, el ajuste de plantilla es temporal, por lo que realmente se habla de un  ERTE (Expediente de Regulación de Empleo Temporal).

¿Qué es el despido por causas objetivas?

En la situación económica actual, y con la tremenda «ayuda» de la reforma laboral de hace tres años, el despido por causas objetivas ha sido una de las fórmulas más usadas por las pymes para llevar a cabo reducciones de plantilla,  ya que su indemnización de 20 días de salario por año de servicio era mucho menor a la del despido disciplinario improcedente. Sin duda, llegados a esta situación, es conveniente recurrir a un abogado especialista en despido objetivo que nos asesorará y guiará en este trance que es el de ser despedido/a.

El despido por causas objetivas es el despido en base al art.52 del Estatuto de los Trabajadores, donde se enumeran diferentes motivos. Los más comunes son:

¿Qué es el despido por causas objetivas?

El Cuarto Estado, cuadro de Giuseppe Pellizza da Volpedo

a) Por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa.

b) Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo, cuando dichos cambios sean razonables.

c) Por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción.

d) Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivas siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

Cualquiera de nosotros nos podemos encontrar en esta situación, por ello que deberíamos hacer si nos comunican el despido y nos dan la carta correspondiente, aquí encontrarás las principales consejos:

1.Revisar que la firma del empresario está en todas las hojas.

2.Revisar que la copia que te dé para firmar es exactamente igual que la tuya.

3.Al firmar, poner NO CONFORME y escribir a mano la fecha del día en que te den la carta.

4. Si te pagan en metálico, contar el dinero antes de firmar, y si falta dinero poner “Recibido XXX€”, para que quede claro que no te han pagado.

5. Si te pagan por transferencia, poner “pendiente de cobro”, ya que en ese momento tú no sabes si lo has cobrado o no.

6. Si te pagan por talón, poner también “talón recibido pendiente de retirar en el banco”. Si es un talón con fondos, no habrá problemas.

7. En caso de dudas, no firmes nada, ya enviarán todo por burofax para que conste la fecha de despido

Salarios de tramitación

Los salarios de tramitación son los salarios a los cuales tiene derecho un trabajador cuando una empresa opta por la readmisión del trabajador, después de que un tribunal haya calificado el despido como improcedente o nulo. Es conveniente asesorarse y buscar la profesionalidad de abogados especialistas en despidos y reclamaciones de salarios, siempre tendremos un mejor asesoramiento de un profesional de la ley.

Salarios de tramitación

La cantidad correspondiente a los salarios, comprende los salarios dejados de percibir por el trabajador desde que es despedido hasta la fecha de la sentencia que declare la improcedencia o nulidad de dicho despido. Tiene como objetivo compensar al trabajador de uno de los perjuicios del despido, el no percibir ninguna retribución desde la fecha del despido.

En el caso de que el despido sea nulo (los únicos que pueden considerar un despido nulo son los tribunales), la empresa tiene la obligación de readmitir al trabajador y abonar los salarios de tramitación que correspondan.

Cuando la sentencia que declara la improcedencia del despido se dicte pasados más de 90 días hábiles desde que se presentó la demanda, el empresario podrá reclamar al Estado el abono de los salarios de tramitación, así como las cuotas de la Seguridad Social, correspondiente al tiempo que sobrepase de esos 90 días hábiles.

Brotes verdes?

Según un estudio realizado recientemente por índice laboral manpowergroup la tasa de paro en España se situaría alrededor del 15%. En la actualidad tenemos, según la EPA (encuesta de población activa), un 24% de paro. Con una mayor incidencia entre las mujeres, habiendo un 25,4% de desempleo entre las féminas. La tremenda crisis que no tiene fin ha puesto en jaque a muchas familias que se han visto atropelladas por despidos, expedientes de regulación de empleo y han tenido que buscar la ayuda de abogados laboralistas para conseguir tener un fin digno.

Brotes verdes?

El informe advierte del envejecimiento de la población en 2023 y asegura que para entonces la población en edad de trabajar habrá retrocedido en 960.000 personas. El grupo más perjudicado será el comprendido entre 16 y 36 años que sufrirá una pérdida del 16 %, mientras que se ganarán activos entre 40 y 66 años, un 7,4 % más.

Queda mucho camino aún por recorrer juntos, sin que las políticas de empleo del gobierno actual mejoren la situación de tanta gente que vive con menos del SMI (salario mínimo interprofesional). Ni que decir del hecho de ver como jóvenes y no tan jóvenes se ven obligados a salir al extranjero en busca de oportunidades laborales. Reino Unido y Alemania son líderes en este momento en la oferta de empleo.

Quien más o quien menos conoce a vecinos, amigos o familiares que deciden marcharse al extranjero en busca de una vida mejor, bien a Europa o fuera de ella. Al escuchar estas historias parece que nos transportemos a la emigración española que tras una larga duración finalizó en 1986 con la entrada del país en la Unión Europea y la posterior tranquilidad económica.

Sólo queda, ojalá, que los brotes verdes se conviertan en plantas enredaderas que nunca más dejen de crecer y que nos atrapen a tod@s.

Larga enfermedad

Recientemente nos despertamos con la triste noticia del fallecimiento de la diseñadora de moda Sita Murt a causa de una larga enfermedad. Tras estas palabras se esconden enfermedades de larga duración  y por lo general de progresión lenta. Por término medio, toda enfermedad  que tenga una duración superior  a seis meses puede considerarse como de larga duración.

Larga enfermedad

Dicha problemática, trasladada al mundo del trabajo se plasma en la dificultad o imposibilidad de trabajar o de desempeñar un determinado puesto de trabajo. Este hecho que puede impedir a una persona a tener una vida laboral plena, se considera situación legal protegida por la seguridad social, por ello es importante buscar el asesoramiento y la ayuda de abogados especialistas en larga enfermedad si no podemos desempeñar nuestra labor en nuestro puesto de trabajo.

La incapacidad para el trabajo tiene un coste social importante, tanto para el propio individuo y su entorno familiar; como para la empresa y el Estado. En España el gasto dedicado a la prestación de Incapacidad Temporal (IT) , supone un 6% de todo el presupuesto de la Seguridad Social.

Las 4 características que definirían una larga enfermedad serían:

  • Agotamiento de las posibilidades terapéuticas, el paciente ha estado sometido al tratamiento prescrito y tras haber sido dado de alta médica presenta aún problemas anatómicos o funcionales.
  • Limitaciones funcionales que disminuyen o anulan la capacidad de trabajar .
  • Cronicidad, larga duración.
  • Posibilidad de revisión por mejoría o agravación.

En conclusión, podemos decir que la incapacidad permanente es la situación en que un trabajador no puede realizar su profesión habitual y/o cualquier tipo de profesión que tras su reconocimiento da lugar a percibir una pensión.

SFC: síndrome de la fatiga crónica

El síndrome de la fatiga crónica (SFC) está clasificado por la OMS como enfermedad neurológica. En la actualidad se desconocen las causas que lo originan y a pesar de los innumerables estudios que se han realizado de momento no se ha encontrado la cura. Causa una gran fatiga física y mental que no se alivia con descanso y que produce un importante deterioro cognitivo.

Magdalena

Afecta a una de cada mil personas y que el 80 por ciento presentan a los cinco años de evolución invalidez para las tareas habituales, por lo que la incapacidad laboral por fatiga crónica es algo común entre los que la padecen ya que el síndrome reduce la actividad del enfermo entre el 50 y el 80% con respecto a la que realizaba antes de enfermar. Es más frecuente en mujeres que en hombres y la mayoría de los diagnosticados tienen entre 40 y 50 años. Es muy poco frecuente en niños, aunque se puede presentar en adolescentes.

La sintomatología es muy variable, desde estados de anormal fatiga con diversos síntomas de apariencia gripal . Las personas que la padecen, al acudir al médico explican que sienten mucha fatiga y que aunque duerman no descansan, empiezan a tener fallos de memoria y de concentración y dolores musculares y de cabeza muy fuertes.

Hace veinte años se le llamó la gripe del yuppie, pues se pensó que afectaba especialmente a jóvenes profesionales urbanos, entre 20 y 40 años, que sufrían de agotamiento por estrés.

Desde Comparapymes todo nuestro apoyo a las personas que la padecen, deseando que pronto haya una cura y un tratamiento eficaz para paliar las repercusiones de la enfermedad.

Incapacidad laboral por trastorno bipolar

El trastorno bipolar, conocido por trastorno afectivo bipolar (TAB), describe un trastorno del estado de ánimo caracterizado por la presencia de uno o más episodios con niveles elevados de energía, cognición y estado de ánimo.

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Esta enfermedad puede conllevar una incapacidad en la vida laboral normal. Dependiendo del modo en que afecte a nivel laboral, los que la sufren pueden verse incapacitados en mayor o menor medida para realizar las labores habituales en su puesto de trabajo. En España los que la sufren, pueden obtener la incapacidad laboral por trastorno bipolar.

Las primeras menciones al TAB, las encontramos mil años después de la caída del imperio Romano, cuando la hipótesis humoral de la que hablaban los griegos se impuso como la teoría de la causa de la depresión y la manía (cambios en el estado de ánimo). Dicha hipótesis afirmaba que la melancolía (depresión) era causada por un fluido corporal, conocido como la bilis negra, mientras que la manía (locura) era causado por otro llamado entonces bilis amarilla.

Hasta 1854 no se llegó a la conceptualización psiquiátrica contemporánea de este trastorno, cuando el neurólogo y psiquiatra francés Jules Baillarger describió a la Academia de Medicina del Imperio Francés una enfermedad mental de dos fases que causa oscilaciones entre la manía y la depresión.

En la actualidad, un porcentaje cercano al 2 % de los habitantes del planeta (144.000.000) padecen trastorno bipolar.

ERE, expediente de regulación de empleo

Un expediente de regulación de empleo (ERE), es un procedimiento mediante el cual una empresa que atraviesa una mala situación económica, busca obtener autorización para suspender o despedir trabajadores. El objetivo es obtener un permiso de la autoridad laboral competente para suspender o extinguir las relaciones laborales en un marco en el cual se garantizan ciertos derechos de los trabajadores.

Desde hace unos cuantos años, venimos sufriendo los daños colaterales de una crisis económica que no parece tener fin. Ha afectado a varios ámbitos de nuestro día a día, entre ellos en el ámbito laboral, por no hablar de la gente que se ha visto desahuciada de su casa, enormemente afectado . Cierres de empresas, despidos, ERES, todo forma parte ya de nuestro cotidiano más inmediato. Los abogados especialistas en ERE o los abogados especialistas en despidos colectivos han tenido un auge considerable como consecuencia de esta situación que estamos viviendo.

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Entres los ERES más sonados del pasado siglo en nuestro país encontramos:

31 de enero de 1989 – La dirección de Fasa-Renault dispone una reducción de la plantilla de 6.000 trabajadores desde esa fecha hasta 1993.

30 de diciembre de 1991 – El Ministerio de Trabajo aprueba un ERE en RTVE. El expediente afectó a unos 2.000 trabajadores y tuvo una validez hasta diciembre de 1996.

30 de noviembre de 1992 – La Generalitat de Cataluña aprueba un ERE temporal en SEAT para 11.020 trabajadores. En los sucesivos años, tanto SEAT como el resto de la industria automovilística española (Ford, General Motors, Mercedes, PSA-Citroën) emprenderá medidas similares.

Diciembre de 1994Iberia presenta un ERE para despedir a 5.220 trabajadores que finalmente se redujo a 3.500 trabajadores menos cuyos contratos fueron rescindidos hasta 1997.

12 de agosto de 1996 – ERE de Alcatel España para la extinción de 1.338 contratos entre 1996 y 1998.

3 de septiembre de 1997 – Sintel, filial de Telefónica, presenta un ERE que afecta a 1.411 trabajadores, más del 62% de la plantilla.

16 de julio de 1999 – El Ministerio de Trabajo aprueba un ERE en Telefónica para 10.800 personas.

Uno de los últimos que más nos ha podido sonar, es el que plantea la empresa de descargas de software Softonic que prevé despedir a 200 empleados, la mitad de la plantilla.

Victoria, la primera mujer colegiada en abogacía

El papel de la mujer a lo largo de la historia, casi siempre, ha sido silenciado y escondido en lo más profundo del cajón del olvido. Si ya era complicado poder ejercer cualquier derecho en el siglo XIX (hasta bien entrado el siglo XX no se empezó a hablar del poder de voto para las mujeres), mucho más lo era ejercer una profesional liberal como la abogacía. Si hacemos un viaje al pasado, encontramos en la figura de Victoria Kent a la primera mujer que se colegió en España como abogada.

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Nacida en Málaga en el seno de una familia liberal era la única niña de la familia por lo que todos sus hermanos se encargaron de cuidar de su única hermana con mucho cariño. Se negó a ir al colegio y fue su madre quien le enseñó a leer y escribir. El bachillerato lo estudio en Madrid, donde sus padres le permiten mudarse para proseguir con su enseñanza. Cabe recordar que en aquella época la mujer sólo salía de su nido familiar para casarse o hacerse monja. En 1924 obtiene la licenciatura en derecho además del doctorado y se convierte en la primera mujer en ingresar en el Colegio de Abogados.

Tras su licenciatura, Victoria siguió ejerciendo como abogada especializada en laboral y derecho penal hasta que el 1931 la nombran Directora General de Prisiones, cargo ocupado por primera vez por una mujer. Mientras ostentó el cargo, dimitió tres meses después de su nombramiento, intentó mejorar la vida de los presos mediante una serie de decretos que pretendían la eliminación de cadenas y grilletes, el derecho a leer la prensa, permisos de salida, incremento de la ración de comida o la creación de talleres de trabajo.

Tras la guerra civil debe exiliarse a París y acosada por la Gestapo de espionaje se marcha a México donde impartirá clases de Derecho Penal y funda la Escuela de Capacitación para el personal de prisiones. Volvió a España en 1977 tras 38 años de exilio aunque terminaría sus días en EEUU, donde murió en 1987 a la edad de 89 años.